- MISIÓN
La Agencia de Cundinamarca para la Paz y la Convivencia tiene como misión; gestionar, implementar, coordinar y evaluar de forma articulada con las demás entidades del nivel central de la Gobernación de Cundinamarca, planes, programas y proyectos de la política de paz para las víctimas, la reintegración y la superación del conflicto con el fin de propender por la paz, la seguridad, el desarrollo inclusivo y la convivencia en el Departamento de Cundinamarca.
- VISION
Dentro de los próximos diez años la Agencia de Cundinamarca para la Paz y la Convivencia será una entidad líder en del Departamento de Cundinamarca, en la generación de oportunidades que permitan consolidar procesos de afincamiento de paz y convivencia, así como ser promotor de programas y proyectos que mejoren las condiciones de vida de las personas que habitan en el Departamento. Desde la esperanza colectiva en un futuro incluyente.
- FUNCIONES
Artículo 7º. Funciones: Son funciones de la Agencia de Cundinamarca para la Paz y la Convivencia para dar cumplimiento a su objeto, las siguientes:
7.1. Preparar en coordinación con las Secretarías de Despacho, las entidades y órganos del Departamento, y en armonía con las entidades competentes de otros niveles de Gobierno, el alistamiento del Departamento de Cundinamarca, para la implementación de los acuerdos de paz que se suscriban y se adopten legalmente, el afianzamiento de la paz y la seguridad, mediante la pedagogía, la cultura y valores de convivencia, el desarrollo sostenible y la inclusión productiva de la población víctima y reinsertada.
7.2. Gestionar la implementación del sistema de corresponsabilidad territorial en materia de paz, así como promover y gestionar ante la Nación el fortalecimiento de los recursos del Fondo para la Paz de Cundinamarca FONPAZC con los recursos que aquella destine al Departamento de Cundinamarca.
7.3. Promover ante la nación los contratos plan con el departamento y sus municipios, en materia de promoción de la paz, las políticas de post conflicto, y el manejo adecuado y la prevención de conflictos.
7.4. Aplicar y administrar los recursos del Fondo para la Paz de Cundinamarca FONPAZCZ en los términos legales.
7.5. Hacer seguimiento a las responsabilidades del Departamento de Cundinamarca, respecto de la ejecución de los acuerdos de paz, en lo que le corresponda desarrollar, en el marco de la normatividad y las políticas de paz y post conflicto.
7.6. Verificar el cumplimiento de los programas relacionados con la paz y el post-conflicto en Cundinamarca, y su alineación con el plan de gobierno.
7.7. Mantener oportunamente informado al Gobernador del Departamento sobre la ejecución de los programas relacionados con la paz, el post-conflicto y el control de factores desestabilizadores de la convivencia.
7.8. Gestionar recursos de cooperación internacional con las fuentes bilaterales o multilaterales, para el desarrollo del departamento en la perspectiva del postconflicto, para el cumplimiento de las políticas de: Pedagogía para la paz, orientación ocupacional de las víctimas, reintegración, paz y medio ambiente y la política de paz, todo de conformidad con el marco legal y constitucional en la materia.
7.9. Articular y promover iniciativas públicas y privadas, así como de cooperación internacional, que disminuyan los índices de exclusión, pobreza y miseria como factores generadores de violencia en el Departamento de Cundinamarca y en coordinación con las Secretarías y entidades que corresponda.
7.10. Asesorar y acompañar al Gobierno Departamental y a las administraciones municipales del Departamento de Cundinamarca, en los temas relacionados con la política de paz, para las víctimas en desarrollo del concepto de la orientación ocupacional de estas, así como en una eventual reintegración y el postconflicto.
7.11. Promover las políticas públicas, que permitan fomentar los mecanismos de resolución y transformación pacífica, democrática de conflictos y el acercamiento de las instancias de justicia a los ciudadanos en el marco de la política de paz y el postconflicto.
7.12. Coordinar con las instancias responsables, el ejercicio de las competencias que legalmente corresponda al Departamento de Cundinamarca respecto de la desmovilización y reintegración, para coadyuvar en la garantía de los beneficios sociales, económicos y jurídicos otorgados a la población desmovilizada de los grupos armados al margen de la ley.
7.13. Promover, en el marco de las competencias legales del Departamento, con las Secretarías de Despacho y demás entidades, la identificación de los planes, programas y proyectos dirigidos al fortalecimiento de los procesos de reparación integral de víctimas así como a los de reintegración de la población desmovilizada dentro del Departamento de Cundinamarca y sus familias.
7.14. Contribuir activamente en el proceso de reconciliación con las comunidades receptoras de las poblaciones de víctimas y desmovilizados que permita consolidar los procesos de reparación, reintegración, la paz y las políticas de postconflicto.
7.15. Apoyar en lo que legalmente le corresponda al Departamento de Cundinamarca, los procesos de reintegración de los menores desvinculados del conflicto y de los adultos que se desmovilicen voluntariamente dentro del Departamento de Cundinamarca de manera individual o colectiva.
7.16. Emprender acciones para fortalecer una cultura de respeto por los D.H y el D.I.H, fomentando los mecanismos para su defensa en el marco de las políticas nacionales para la paz, la reintegración y el postconflicto.
7.17. Promover con los órganos competentes del Departamento, la generación de espacios específicos a las organizaciones sociales, cívicas, comunitarias, culturales y gremiales para que participen y contribuyan en la gestión y fiscalización de los asuntos públicos relacionados con la ejecución de la política de Paz del Estado, la superación de conflictos vigentes y el post conflicto.
7.18. Promover con los sectores, secretarías y entidades respectivas, actividades culturales, deportivas, artísticas, y recreativas que contribuyan a consolidar la cultura de paz.
7.19. Desarrollar actividades de promoción y comunicación, que permitan dar a conocer las políticas públicas de paz que adelanta el Estado colombiano y lo que en el marco de sus competencias legales le competa al gobierno departamental en esta materia.
7.20. Ser agente del Departamento en cuanto sea competente, en el desarrollo de la pedagogía para la paz y divulgación de los Acuerdos de Paz, en las zonas rurales del Departamento en los términos que lo establezca el Gobierno Nacional y los programas y proyectos del Departamento.
7.21. Coordinar con las diferentes entidades de orden Nacional, Departamental y Municipal el desarrollo de políticas y estrategias que contribuyan a la promoción, el respeto y la defensa de la paz, la convivencia pacífica y la resolución de los conflictos.
7.22. Ser parte del sistema Departamental de Atención Integral a la Población Desplazada, y apoyar la formulación de la Política Pública de Atención en el Departamento.
7.23. Promover la participación del sector privado y de los diferentes gremios en la construcción integral de escenarios de paz que fortalezcan los procesos iniciados.
7.24. Promocionar una pedagogía para la paz inscrita dentro del marco legal y en coordinación con entidades públicas y/o privadas que persigan fines similares; a través del aporte permanente de la sociedad civil cundinamarquesa.
7.25. Fortalecer el Observatorio de Paz del Departamento, para mantener un monitoreo permanente sobre la dinámica del conflicto en el Departamento de Cundinamarca, promoviendo líneas de investigación permanente para la identificación de factores de violencia en el territorio que permita diseñar políticas de Estado.
7.26. Asegurar que los procesos que se desarrollan en la Entidad tengan definido su sistema de control e incorporen los cambios necesarios para ofrecer oportunamente los servicios que le corresponden.
7.27. Las demás que le asigne las Ordenanzas, los Decretos, los Reglamentos y las que surjan como consecuencia del desarrollo normativo y jurisprudencial
- ORGANIGRAMA

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