Preguntas frecuentes


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Respuesta: Son las instancias encargadas de la coordinación y articulación de las distintas instancias a nivel departamental y subregional que desarrollen actividades dirigidas a fortalecer la competitividad e innovación en los departamentos en el marco del SNCI. Así mismo, las CRCI son un espacio para la cooperación público-privada y académica a nivel departamental, orientada a la implementación de las Agendas Departamentales de Competitividad e Innovación.
 Dentro de algunas de sus funciones están:
• Promover la articulación de los proyectos, programas e iniciativas de las Agendas Departamentales de Competitividad e Innovación con el Plan Nacional de Desarrollo, La Agenda Nacional de Competitividad e Innovación, Planes de Desarrollo Territorial, los Planes y Acuerdos Estratégicos Departamentales en Ciencia, Tecnología e Innovación (PAED), el Plan Estratégico de Ciencia, Tecnología e Innovación del Sector Agropecuario (PECTIA) y demás planes o agendas sectoriales y subregionales para la competitividad y la innovación.
• Definir las instancias a nivel departamental que se articulan para la formulación, implementación y seguimiento de la Agenda Departamental de Competitividad e Innovación en el marco del Sistema Nacional de Competitividad, e Innovación - SNCI.
 Para más información ingrese al siguiente link, donde también encontrara el nombre de los Directores Regionales: http://www.colombiacompetitiva.gov.co/snci/el-sistema/comisiones-regionales-competitividad-innovacion.

Respuesta: En la Ley 2046 Del 6 de agosto de 202, se establecen las condiciones e instrumentos de abastecimiento alimentario para que todos los programas públicos de suministro y distribución de alimentos promuevan la participación de pequeños productores locales y productores locales agropecuarios cuyos sistemas productivos pertenezcan a la Agricultura Campesina, Familiar y Comunitaria, o de sus organizaciones legalmente constituidas.
Con el Decreto 248 del 9 de marzo de 2021, se adiciona la Parte 20 al Libro 2 del Decreto 1071 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y  de Desarrollo Rural, con referencia a las compras públicas de alimentos del sector agropecuario. Dentro del cual se establecen lineamientos generales en cuando a puntaje e integrantes de la Mesa Técnica Nacional de Compras Públicas Locales de Alimentos, entre otros temas.
A través de la Resolución 128 del 18 de mayo de 2021 se adopta el reglamento para la elección de los representantes de las organizaciones de pequeños productores y organizaciones de productores en la mesa técnica.

Respuesta: Las Zonas de Desarrollo agroalimentario y Social (ZODAS), son un espacio para el fortalecimiento de capacidades orientadas a la estructuración y financiación de proyectos en las regiones con potencial de generar beneficios duraderos a nivel social, ambiental y productivo. Es allí en donde efectivamente se pueden implementar ejes de intervención que se basan en la reducción de la pobreza, la generación de bienestar comunitario, el cierre de brechas, el desarrollo empresarial y de emprendimientos y el fortalecimiento institucional. Complementariamente, conocer las características climáticas, hídricas, estacionales, edáficas y fenológicas de la zona, permite generar recomendaciones para que, de manera gradual, se pueda avanzar en la definición y recomendaciones para un Plan de Ordenamiento Productivo (POP) y uso del suelo armónicos con las particularidades del territorio del departamento de Cundinamarca.

Respuesta: Mediante la Implementación de acciones que permitan el fortalecimiento asociativo dirigidas a las organizaciones de productores, orientadas a la construcción participativa de un proceso de planeación estratégico, que permita potencializar sus fortalezas productivas y socio empresariales como mecanismo para la inclusión y permanencia en los mercados.

Respuesta: La estrategia comercial aplicada incluye el desarrollo de conceptos de: i) Circuitos Cortos de Comercialización, promoción de qué parte de la producción se destina al abastecimiento interno mediante la venta en los mercados municipales, ii) mercados convencionales (comerciales), incorporación de contenidos para desarrollar capacidades en agregación de valor, implementación de actividades de selección, empaque, procesamiento, envasado, etiquetado, embalaje, distribución y proceso logístico y, iii) mercados de compras institucionales (compras locales a organizaciones de agricultura campesina y familiar).

Respuesta: Cadena Productiva es un conjunto estructurado de procesos de producción que tiene en común un mismo mercado y en el que las características tecnoproductivas de cada eslabón afectan la eficiencia y productividad de la producción en su conjunto” (DNP, 1998 –referenciado en Onudi, 2004: 25).
Se entiende por cadena el conjunto de actividades que se articulan técnica y económicamente desde el inicio de la producción y elaboración de un producto agropecuario hasta su comercialización final. Está conformada por todos los agentes que participan en la producción, transformación, comercialización y distribución de un producto agropecuario (Ley 811 de 2003).

Respuesta: Es un espacio de diálogo y su misión surge de una libre decisión de sus integrantes de coordinarse o aliarse para mejorar su competitividad, después de un análisis del mercado y de su propia disposición para adecuarse a las necesidades de sus socios de cadena. Los integrantes de una organización de cadena ponen a disposición de esta sus organizaciones y sus estrategias, que en lugar de confrontarse se coordinan con el fin de obtener un mejor desempeño económico a su vez colectivo e individual (Ley 811 de 2003).

Respuesta: El conjunto de acuerdos adoptados por una organización de cadena se denomina Acuerdo de Competitividad.

Respuesta: • Desarrollar, implementar y orientar en el Departamento las políticas públicas sobre las cadenas productivas en coordinación con las entidades nacionales y departamentales competentes.
• Apoyar el desarrollo de las cadenas productivas agropecuarias priorizadas en los municipios de Cundinamarca.
• Actualizar los diagnósticos productivos y competitivos de las principales cadenas productivas de Cundinamarca generando herramientas que faciliten la toma de decisiones.
• Articular acciones dirigidas al aprovechamiento de mercados y canales de comercialización con otras entidades y dependencias.
• Identificar y coordinar acciones encaminadas a la sostenibilidad y competitividad en la producción primaria de cada cadena productiva.
• Apoyar el acceso y la promoción de los instrumentos de financiación de política pública agropecuaria nacional y departamental para la producción y comercialización agropecuaria de los pequeños productores y empresarios del campo de Cundinamarca.
• Gestionar convenios para el desarrollo de proyectos productivos de economía campesina y seguridad alimentaria, según las necesidades del departamento, la normatividad vigente y los lineamientos del Plan de Desarrollo Departamental.
• Orientar y ejecutar proyectos productivos a los pobladores rurales según el potencial del territorio y las oportunidades del mercado.

Respuesta: La agricultura campesina, familiar y comunitaria se define como el sistema de producción y organización gestionado y operado por mujeres, hombres, familias, y comunidades campesinas, indígenas, negras, afrodescendientes, raizales, y palenqueras que conviven en los territorios rurales del país. En este sistema se desarrollan principalmente actividades de producción, transformación y comercialización de bienes y servicios agrícolas, pecuarios, pesqueros, acuícolas y silvícolas; que suelen complementarse con actividades no agropecuarias. Esta diversificación de actividades y medios de vida se realiza predominantemente a través de la gestión y el trabajo familiar, asociativo o comunitario, aunque también puede emplearse mano de obra contratada. El territorio y los actores que gestionan este sistema están estrechamente vinculados y coevolucionan combinando funciones económicas, sociales, ecológicas, políticas y culturales. 
(Fuente: Minagricultura, ADR, Mesa Técnica de Agricultura Familiar y Economía Campesina, Unión Europea. Agricultura Campesina, Familiar y Comunitaria-ACFC. Lineamientos Estratégicos de Política Pública).

Respuesta: • Tiene una relación heterogénea en cuanto al tamaño y tipo de tenencia de la tierra, aunque en el caso de las propiedades de tipo individual o familiar predominan los predios de pequeña escala.
• Es diversa y abarca distintas categorías o tipologías, es decir, existen distintas agriculturas campesinas, familiares y comunitarias dependiendo de las particularidades territoriales (sistemas productivos predominantes, aspectos culturales o socioeconómicos, entre otras).
• Las actividades agropecuarias suelen complementarse con actividades no agropecuarias como el aprovechamiento de la biodiversidad, las artesanías, el turismo rural y el desarrollo de empleos temporales, entre otras. 
• Las familias y comunidades rurales cubren parcialmente sus necesidades de autoconsumo y generan ingresos a través de múltiples formas y grados de articulación con los mercados de productos, servicios y factores a nivel territorial, nacional e internacional. 
• Las actividades se realizan a través de emprendimientos familiares, asociativos o solidarios. 
• Las redes y organizaciones de la ACFC tienen un rol importante en los procesos de gestión territorial e incidencia política. 
• La tierra y el trabajo rural representan no solo un medio de producción, sino de reproducción social. 
• Contribuye a la seguridad y soberanía alimentaria del país, fortalece el tejido social de los territorios rurales, y en general dinamiza el desarrollo territorial.

Respuesta: Los municipios se priorizan con las solicitudes allegadas a la SADR y orientados en el Decreto 0389 del 2016; “Por el Cual se Reglamenta la Estrategia de Corresponsabilidad en Desarrollo de la Política Pública Nacional para las Víctimas del Conflicto Armado Interno en el Departamento de Cundinamarca”; los demás municipios se priorizarán con el apoyo de la Mesa de Víctimas.
• Se determinó que tanto los proyectos productivos a implementar, como los beneficiarios a desarrollar estos proyectos productivos son elegidos por la misma población VCA en los subcomités Municipales de Justicia Transicional, en donde dicha población tiene voz y voto. 
• Se socializan a los señores alcaldes municipales, a los directores de las UMATAS y a los enlaces de víctimas municipales la ruta de atención. 
• Los funcionarios de la DDR participan en los comités municipales de justicia transicional y/o a los subcomités de reparación integral municipales, para socializar el mecanismo de selección y los requisitos de las familias/mujeres postuladas para ser beneficiadas con proyectos productivos agropecuarios. 
• Se recopila la información necesaria para la realización de los proyectos y su inscripción en el banco de proyectos (MGA) 
• Se firman de los convenios interadministrativos con las alcaldías  
• Se realiza la adquisición y entrega de insumos para la implementación de los proyectos productivos por parte de los municipios. 
• El Seguimiento y evaluación por parte de la SADR se realiza durante todo el proceso.

Respuesta: • Ser habitante de los municipios priorizados para el año 2018
• Estar inscrito en el registro único de victimas
• Tener vocación agropecuaria
• Poseer predio donde implantar el proyecto productivo (propio o arrendado)
• Tener un certificado de que habita en el predio 
• Ser elegido por el Comité de Justicia Transicional Municipal
• Tener disposición para ser capacitado 
• Aplicar a los proyectos propuestos por el municipio
• No haberse visto beneficiado con proyectos de la SADR

Respuesta: La Secretaria de Agricultura y Desarrollo Rural proporciona proyectos productivos agrícolas, pecuarios y agroindustriales.

Respuesta: El Proyecto de “Entornos Rurales Agropecuarios” busca promover el desarrollo  rural integral, con enfoque territorial, que incentive la innovación, el progreso económico, social y la sostenibilidad; aumentando la productividad y el bienestar de las familias campesinas en 8 entornos del departamento de Cundinamarca

Respuesta: El enfoque territorial de desarrollo rural define el territorio como una construcción social, lo que supone considerarlo no únicamente como un espacio físico, sino como el espacio habitado por todos los actores que lo constituyen, y por el conjunto de elementos sociales, culturales, económicos, naturales que se dan lugar en el, que son compartidos por dicha población y que constituyen la identidad del territorio. Dicha identidad de territorio es la que facilita dar sentido y contenido a un proyecto de desarrollo de un espacio determinado, a partir de la convergencia de interés y voluntades.

Respuesta: Territorio rural en el que la población allí asentada comparte unas mismas condiciones biofísicas, sociales, económicas, productivas y culturales, que pertenecen a dos o más municipios.

Respuesta: La selección de los territorios para los entornos del proyecto, está basada en los siguientes criterios: SOCIOECONÓMICO (Índice de pobreza multidimensional ipm, Necesidades básicas insatisfechas nbi), PRODUCTIVO (Uso actual del suelo), VULNERABULIDAD AL CAMBIO CLIMÁTICO (Regulación hídrica, Degradación del suelo, Disponibilidad hídrica), AMBIENTAL (Áreas para la protección del recurso hídrico, Páramos, Bosques)

Respuesta: Los municipios que cumplan con los criterios de priorización con los indicadores con valores más altos y que no se hayan intervenido en vigencias anteriores. Después de ser seleccionados los municipios, se procede a escoger las veredas que conforman el entorno.  posteriormente se eligen los beneficiarios teniendo en cuenta parámetros como: Ser víctimas del conflicto armado, Tener SISBEN en A máximo B, Ser propietarios o tenedores de tierra, Contar con área para actividades agropecuarias, Madres o padres cabeza de hogar, Unidad familiar (mínimo 2 personas), Vivir en la vereda seleccionada.

Respuesta: Un distrito de adecuación de tierras comprende la construcción de obras de infraestructura destinadas a dotar a un área determinada con riego, drenaje, o protección contra inundaciones, reposición de maquinaria; así como las actividades complementarias de este servicio para mejorar la productividad de los campesinos otorgando accesos al recurso hídrico para la producción agropecuaria.

Respuesta: Para acceder al programa de formalización de la propiedad rural del departamento de Cundinamarca, se debe diligenciar el formulario de inscripción a los procesos y adjuntar toda la documentación que acredite que la persona que solicita es el tenedor, poseedor o propietario del predio a formalizar.

Respuesta: Entrar al siguiente Link:
http://www.cundinamarca.gov.co/Home/SecretariasEntidades.gc/Secretariadeagricultura
a. Hacer click en Documentación
b. Hacer click en Documentos Oficina Asesora de Planeación
c. Hacer click en Formatos URPA
d. Hacer click en Formatos
e. Descargar FORMATOS PÉRDIDAS

Respuesta: • Copia del Acta municipal para la Gestión del Riesgo de Desastres – CMGRD firmada,  donde se avale a los afectados por fenómenos agroclimáticos.
• Formato único de registro de sistemas productivos agropecuarios afectados por situación de desastres, calamidad o emergencia a nivel municipal, en físico o escaneado en pdf con los datos de quien realiza el censo con firma, datos Coordinador del CMGRD con firma.
• Formato único de registro de sistemas productivos agropecuarios afectados por situación de desastres, calamidad o emergencia a nivel municipal en medio magnético en archivo Excel.
• El municipio debe verificar en campo la afectación de cada productor, cumpliendo así con el principio de transparencia.

Respuesta: Se deben radicar en la Gobernación, en el centro integrado de atención al ciudadano (CIAC), segundo piso, torre salud. Con respecto a este punto de acuerdo a la pandemia que está pasando el país y a las medidas de prevención tomadas en el departamento de Cundinamarca se puede enviar la información al siguiente correo:   
eduardo.bohorquez@cundinamarca.gov.co

Respuesta:  El municipio debe expedir un certificado de afectación a cada productor cuando lo necesite, con el fin de gestionar apoyos o alivios ante entidades financieras que el gobierno nacional determine, adjuntando el informe técnico.

Respuesta: Es un instrumento de gestión para el desarrollo agropecuario y rural de los territorios del país, mediante el cual se determinan objetivos, metas, prioridades y estrategias del departamento y sus subregiones para los próximos 20 años, como producto del trabajo consensuado con los actores en el territorio. 

Respuesta: El actual PIDARET se elaboró en el  año 2020,  el cual tiene vigencia hasta el año 2040.

Respuesta: Lo elaboró la Unidad del Plan conformado por: Gobernación de Cundinamarca, El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural,  UTT de ADR – y La Entidad de apoyo técnico de la FAO.

Respuesta: Una vez aprobado el PDEA por la Asamblea Departamental, permitirá que los Municipios y Distritos presten el servicio público de extensión agropecuaria a través de las Entidades Prestadoras del Servicio de Extensión Agropecuaria – EPSEA- habilitadas.

Respuesta: Es un proceso de planificación cuatrienal articulado al Plan de Desarrollo Departamental con los actores interesados en la prestación del Servicio de Extensión Agropecuaria, a través de espacios de diálogo y concertación con los Consejos Municipales de Desarrollo Rural – CMDR, Audiencias Públicas como espacios de socialización y construcción colectiva del PDEA donde se establecen programas y proyectos de Extensión Agropecuaria.

Respuesta: Ley 1876 del 29 de diciembre de 2017 y fue aprobado por la Asamblea Departamental en el año 2020.

Respuesta: Los CMDR son espacios de participación creados por la Ley 101 de 1993, para la concertación de políticas y programas dirigidas al desarrollo de los territorios rurales, en este sentido, facilitan la participación de los habitantes rurales en la toma de decisiones que afectan, pero además es un espacio para el ejercicio de la ciudadanía comprometida en la gestión, ejecución, seguimiento y control del desarrollo rural de los municipios. 

Respuesta: Para participar en la formulación del componente de Desarrollo Rural que debe ser incluido en el Plan Municipal de Desarrollo Rural.
Identificar las prioridades y necesidades para el desarrollo rural y agropecuario del municipio e intervenir en la gestión de posibles soluciones.
Discutir, validar, concertar y participar en la ejecución y seguimiento de:

  • El Plan Agropecuario Municipal De los programas de la Red de Solidaridad del municipio.
  • El Plan de Atención Básica en Salud.
  • El Plan Municipal de salud
  • Los programas de Educación para el desarrollo rural.

Respuesta: Hay 116 CMDR, uno por cada municipio

Respuesta: La Ley 101 de 1993 establece la obligación a los municipios y los distritos especiales, de crear la Unidad Municipal de Asistencia Técnica Agropecuaria (Umata), cuya función única será la de prestar asistencia técnica agropecuaria directa y gratuita a los pequeños productores.

Respuesta: El CONSA es un organismo consultivo del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural en lo relacionado con la política agropecuaria y de desarrollo rural del país.

Respuesta: Sirven para evaluar los informes presentados por los secretarios de agricultura sobre el cumplimiento de las funciones delegadas.

Respuesta: Son la instancia encargada de coordinar la ejecución de la política agraria y pesquera, los programas especiales y la prestación de los servicios agropecuarios a nivel departamental.

Respuesta: Es el Decreto Departamental 286 del 29 de agosto de 2012.

Respuesta: Para efectos de la prestación del servicio, los productores deberán estar inscritos en el registro de usuarios que disponga el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. Para esto, los usuarios deberán solicitar su inscripción en el registro ante el municipio correspondiente al lugar donde se ubiquen sus predios. El municipio velará por la veracidad de la información consignada en el registro. El Departamento velará porque los municipios y distritos actualicen el registro durante los primeros tres (3) meses de cada año.

Respuesta: Con el objetivo de registrar e identificar a los productores que tienen en el sector agrícola su principal renglón productivo.

Respuesta: La Ley 1876 del 29 de diciembre de 2017 y Resolución 0407 del 30 de octubre de 2018.

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