Logo de la Gobernación de Cundinamarca

Funciones


Atrás

Son funciones esenciales de la Secretaría de Gobierno, las siguientes:

1. Coordinar con los alcaldes municipales, las autoridades civiles, judiciales, militares y de policía, la preservación y restablecimiento del orden público en el Departamento.

2. Articular el apoyo de las autoridades departamentales a la rama judicial y elMinisterio Público en la prestación del servicio de la administración de justicia; lo mismo que a las autoridades electorales en los diferentes eventos eleccionarios que se realicen en la jurisdicción.

3. Evaluar, formular e implementar las políticas que permitan afianzar y profundizar los principios del Estado social de derecho, la convivencia y participación ciudadana, la tolerancia, el respeto de los derechos humanos, la equidad, el reconocimiento de los grupos étnicos, la paz y la descentralización administrativa en el Departamento.

4. Dirigir y coordinar la sustanciación y preparación de los actos administrativos de única y de segunda instancia que conforme a la normatividad jurídica deba conocer y resolver el Gobernador en ejercicio de la función de policía de acuerdo con las normas constitucionales legales vigentes.

5. Realizar la revisión de los actos administrativos municipales en el ejercicio del control constitucional de tutela que corresponde al Gobernador.

6. Dirigir y coordinar planes, programas y proyectos que permitan mejorar la capacidad de gestión administrativa en los agentes responsables de las entidades territoriales municipales.

7. Reconocer, suspender y cancelar las personerías jurídicas de los cuerpos de bomberos voluntarios, la aprobación de sus estatutos y la inscripción de sus dignatarios de conformidad con la orientación impartida al efecto por la Junta Nacional de Bomberos de Colombia.

8. Diseñar e implementar programas de prevención, asistencia, atención, protección y reparación integral de las víctimas del conflicto armado en elDepartamento de Cundinamarca.

9. Propiciar la articulación continúa de los planes, proyectos y programas de atención, asistencia y reparación de las víctimas del conflicto interno con las políticas públicas del Estado, en sus niveles Nacional y Municipal.

10. Articular las funciones del Departamento como autoridad de policía administrativa, con las directrices del Gobierno Nacional para garantizar la seguridad de las víctimas y, en especial de las personas que retornen o se reubiquen en los territorios de sus municipios.

11. Propender porque las entidades y dependencias del Departamento con competencias y funciones en la atención, asistencia y reparación integral de víctimas del conflicto interno brinden información, asesoría y acompañamiento para el ejercicio de sus derechos.

12. Formular e implementar las políticas públicas en materia de convivencia, seguridad, justicia, de protección de derechos y libertades.

13. Formular el plan Integral de convivencia y seguridad ciudadana y acompañar técnicamente a los municipios en su implementación como instrumento para la planeación e inversión de recursos según necesidades territoriales.

14. Garantizar que en el diseño e implementación de las políticas, planes, programas y proyectos se tengan en cuenta los diferentes hechos victimizantes, la participación de las víctimas, el enfoque diferencial y el goce efectivo de los derechos de la población víctima.

15. Efectuar la articulación con los organismos de orden nacional y las demás dependencias de la Administración Departamental para apoyar a los municipios de Cundinamarca en la legalización y formalización fiscal de los predios.

Son funciones del Despacho del Secretario de Gobierno, las siguientes:

1. Proponer la política y los planes de acción del Sector Gobierno y ejercer las funciones de dirección, coordinación y control en las materias de su competencia.

2. Dirigir y coordinar las funciones generales asignadas a los Secretarios de Despacho en el Estatuto Básico de la Administración Departamental, como primer responsable técnico y administrativo en: gobernabilidad, asuntos políticos, democracia, derechos humanos, derechos constitucionales, descentralización territorial y convivencia pacífica en el Departamento.

3. Coordinar y participar en la formulación de los planes, proyectos y programas para la atención, asistencia y reparación de las víctimas del conflicto interno a ser incorporados en el Plan de Desarrollo Departamental.

4. Asegurar que los programas y proyectos para la atención, asistencia y reparación de las víctimas del conflicto armado incorporados, en el Plan de Desarrollo, sigan los lineamientos del Plan Nacional para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas

5. Participar en nombre del Departamento en las actividades de coordinación del Sistema Nacional de Atención yReparación Integral a las Víctimas y las entidades que lo conforman.

6. Presentar a consideración del Gobierno Departamental para su incorporación al Plan de Desarrollo del Departamento y en aplicación del principio de subsidiaridad, proyectos de apoyo a los municipios del Departamento con menor capacidad institucional, técnica y/o financiera para ejercer eficiente y eficazmente las competencias y responsabilidades que se derivan de la Ley Nº 1448 del 1O de junio de 2011. El ejercicio de este principio estará sujeto al seguimiento y a la evaluación dentro del marco de la autonomía de las entidades territoriales.

7. Dirigir la elaboración de informes consolidados sobre los programas de atención, asistencia y reparación directa a las víctimas del conflicto interno para su presentación a las instancias nacionales, departamentales y de control competentes.

8. Planear programas acciones y estrategias tendientes a conservar la seguridad ciudadana dentro de la jurisdicción delDepartamento.

9. Coordinar, asesorar y apoyar la conformación, funcionamiento y asistencia al consejo de seguridad departamental y Comité de orden público.

10. Coordinar y apoyar institucionalmente alSector Judicial y Organismos Oficiales radicados o asignados en el Departamento.

11. Promover y desarrollar programas que garanticen la creación y desarrollo de espacios y escenarios para la participación ciudadana y comunitaria en las diferentes áreas y niveles de la administración y en el Departamento.

12. Coordinar y apoyar institucionalmente al Sector Judicial y Organismos Oficiales radicados o asignados en el Departamento.

13. Asesorar y asistir en la planeación, dirección, coordinación de planes, estrategias y programas relacionados con la gestión y el ejercicio de la función de policía a nivel departamental.

14. Coordinar la realización de estudios Psicosociales a nivel departamental sobre problemática social relacionada con fenómenos o causas de inseguridad; delitos; contravenciones; y demás manifestaciones delictivas o contravencionales.

15. Garantizar los servicios de enlace, coordinación y apoyo a las entidades y organismos Públicos de Seguridad, Fuerzas Militares y Policía, Sector Judicial y entidades de beneficencia y asistencia pública.

16. Dirigir la coordinación de los procesos de formalización de predios en el Departamento.

17. Implementar, en el marco de sus competencias, la política pública departamental de inclusión a personas en condición discapacidades acuerdo con la Ordenanza Departamental 266 de 2015 o aquella que la modifique, adicione o sustituya.

18. Reconocer, suspender y cancelar las personerías jurídicas de los cuerpos de bomberos voluntarios, la aprobación de sus estatutos y la inscripción de sus dignatarios de conformidad con la orientación impartida al efecto por la Junta Nacional de Bomberos de Colombia.

Son funciones de la Dirección de Atención Integral a las Víctimas del Conflicto Interno, las siguientes:

1. Diseñar e implementar acciones para la atención, asistencia y reparación integral a las víctimas, de conformidad con las competencias de las entidades de los municipios del departamento de Cundinamarca respecto a los lineamientos nacionales.

2. Elaborar y ejecutar los planes de acción para garantizar la aplicación y efectividad en el desarrollo de la política pública de atención, asistencia y reparación integral de las víctimas en elDepartamento, de conformidad con elPlan Nacional de Atención y Reparación Integral a lasVíctimas.

3. Articular bajo los principios de subsidiaridad, complementariedad y corresponsabilidad las medidas de atención y reparación integral y la gestión para la presencia y respuesta oportuna de las autoridades nacionales.

4. Velar por el cumplimiento del protocolo de atención integral a las víctimas de acuerdo con la prestación eficiente y oportuna de los servicios de salud, educación, agua potable y saneamiento básico a cargo de las entidades del Departamento y los municipios.

5. Gestionar y participar, con entidades del nivel departamental, municipal y nacional, en el desarrollo de programas y proyectos que conlleven al restablecimiento de los derechos vulnerados.y mejoramiento de las condiciones de vida digna de las víctimas.

6. Coordinar, articular y promover la información y orientación a las víctimas acerca de los derechos, medidas y recursos con los que se cuenta, al igual que sobre los medios y rutas de atención, a través de las cuales podrán acceder al ejercicio de sus derechos.

7. Motivar y articular la adopción de medidas de protección destinadas a mitigarlos riesgos que se puedan presentar a las víctimas y funcionarios públicos que intervienen en los procesos de reparaciones judiciales y administraitvas.

8. Elaborarlos informes que soliciten las autoridades competentes en relación con la atención integral a las víctimas del conflicto interno en el Departamento.

9. Brindar apoyo y asistencia técnica a los municipios del Departamento en la formulación, actualización y ajustes de la política pública relacionada con la atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto interno; elaborar y entregar informes a las entidades de control, Comités Territoriales de Justicia Transicional, y dar cumplimiento a los convenios suscritos con la Red Nacional deInformación.

10. Organizar y/o participar en los comités territoriales de justicias transicionales, ordinarias, extraordinarias y ampliadas, así como en los diferentes subcomités a nivel departamental.

11. Articular con el Centro de Memoria Histórica acciones específicas para la dignificación de las víctimas del conflicto armado residentes en Cundinamarca.

12. Coordinar y articular la implementación de estrategias de comunicación para el cambio social que favorezca la reconstrucción de las representaciones sociales y los imaginarios de la paz y la reconciliación.

13. Elaborar los estudios previos sobre los mecanismos de asociación, financiación o convenios que, en aplicación del principio de complementariedad, suscriba el Departamento para el perfeccionamiento de los servicios a su cargo y el desarrollo de proyectos regionales en el marco de la Ley de Víctimas del conflicto armado interno.

14. Estudiar, evaluar y determinar la viabilidad financiera y operativa del Convenio Plan de qué trata el artículo 245 de Decreto Nº 4800 del 20 de diciembre de 2011, o aquel que lo modifique, adicione o sustituya.

Son funciones de la Dirección de Formalización de Predios, las siguientes:

1. Prestar asesoría integral, jurídica, técnica, fiscal y administrativa a los municIpIos del Departamento, para la formalización de baldíos urbanos, predios fiscales y rurales de uso institucional.

2. Capacitar a los municipios en normatividad, procedimientos, instructivos y requisitos; los cuales incluyen a los funcionarios de las administraciones municipales, concejos municipales, personerías, juntas de acción comunal, asociaciones y comunidad en general interesados en el tema.

3. Gestionar los insumos técnicos y la información catastral ante los entes competentes, de orden nacional, departamental y municipal de los predios a formalizar.

4. Acompañar a los municipios del Departamento, Juntas de Acción Comunal y poseedores que lo requieran, en los trámites ante las Oficinas Provinciales de Registro de Instrumentos Públicos y Privados y ante de las oficinas de Registro de Bogotá cuando sea necesario y efectuar su seguimiento.

5. Diseñar y administrar un sistema de información estadístico de la formalización de predios municipales de Cundinamarca, que permita tener cifras actualizadas de los predios y el estado en que se encuentra cada uno, así como la caracterización de mujer y género, personas con discapacidad, víctimas, desplazados y mujer cabeza de familia; que sirva de insumos para los estudios y toma de decisiones de las demás dependencias y entidades de la administración departamental y municipal.

6. Coadyuvar en los procesos de pertenencia que adelanten Juntas de Acción Comunal y Asociaciones para la legalización de los predios con nuda propiedad, haciendo el seguimiento ante autoridades judiciales y administrativas.

7. Articular con diversas entidades y/o dependencias del orden departamental, el desarrollo conjunto, eficiente y eficaz de los planes, programas y proyectos de formalización de predios.

8. Promover la celebración de convenios de cooperación o contratos interadministrativos para la formalización de predios de los municipios de Cundinamarca con entidades del orden nacional competentes.

9. Gestionar ante el gobierno nacional, organizaciones no gubernamentales y gobiernos extranjeros la consecución de recursos y transferencia de conocimiento, tecnología y buenas prácticas, que permitan financiar y apalancar los planes, programas y proyectos de formalización de predios.

10. Diseñar e implementar estrategias educativas, de difusión y de comunicación para fortalecer la cultura de la legalidad de la propiedad inmobiliaria en el Departamento.

11. Adelantar todas las demás gestiones que conlleven al saneamiento, legalización y formalización de la propiedad inmobiliaria de los municipios.

Son funciones de la Dirección de Seguridad y Orden Público, las siguientes:

1. Coordinar con los alcaldes, autoridades civiles, judiciales, militares y de policía la preservación y restablecimiento del orden público en el Departamento.

2. Coordinar y colaborar bajo la dirección de las autoridades electorales, para que los procesos electorales se realicen con total transparencia, armonía, tranquilidad y seguridad en la jurisdicción de Cundinamarca.

3. Servir de enlace, de acuerdo con las instrucciones del Secretario de Gobierno, con los organismos de seguridad del Estado y la Fuerza Pública.

4. Articular con la Secretaría de Hacienda y las diferentes autoridades competentes las actividades tendientes a prevenir, evitar y contrarrestar el contrabando en la jurisdicción del departamento de Cundinamarca.

5. Recopilar, analizar y difundir las estadísticas e índices de delitos de alto impacto como insumos para la formulación de estrategias y políticas públicas para la reducción de estos.

6. Dirigir y coordinar la operación de los procesos relacionados con la atención de emergencias reportadas a través del Numero Único de Seguridad y Emergencias.

Son funciones de la Dirección de Asuntos Municipales, las siguientes:

1. Apoyar y coordinar con las autoridades competentes en los procesos electorales que se realicen en la jurisdicción del Departamento.

2. Coordinar y promover intersectorialmente el fortalecimiento de la descentralización territorial y la capacidad de gestión de los entes municipales.

3. Dirigir, acorde a los lineamientos de la Secretaría de Planeación, los programas de capacitación dirigidos a los servidores públicos municipales, veedores ciudadanos y comunidad en general en materia de su competencia.

4. Promover la cooperación entre los municipios y el Departamento en los procesos de descentralización, desconcentración y delegación administrativa, en coordinación con las dependencias, organismos y entidades descentralizadas del orden Departamental.

5. Tramitar las novedades del desempeño laboral de los alcaldes municipales y de los notarios de segunda y tercera categoría de la jurisdicción del Departamento, de conformidad con la delegación del Gobernador.

6. Realizar la revisión de los actos administrativos municipales en el ejercicio del control constitucional de tutela que corresponde al Gobernador.

7. Dirigir y coordinar la sustanciación y preparación de los actos administrativos de única y de segunda instancia que conforme a la normatividad jurídica deba conocer y resolver el Gobernador, en temas de su competencia.

8. Brindar asesoría, asistencia y apoyo a las Juntas de Acción Comunal, Veedurías, ONGs, organizaciones cívicas y comunitarias sobre temas y asuntos de Gobierno.

9. Brindar apoyo y orientación jurídica sobre el ejercicio de la gestión pública a los servidores públicos de los municipios del Departamento.

Son funciones de la Dirección de Convivencia, Justicia y Derechos Humanos, las siguientes:

1. Coordinar con las entidades estatales y demás entidades competentes la promoción, difusión, protección y fortalecimiento de la cultura de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario.

2. Diseñar, coordinar y ejecutar en asocio con las autoridades locales programas tendientes a generar una cultura de tolerancia, convivencia pacífica, concertación, diálogo, promoción y respeto de los derechos humanos, para la búsqueda y conservación de la paz en todo el territorio departamental.

3. Establecer programas, para la divulgación de · los principios fundamentales, derechos colectivos y de ambiente y mecanismos de protección establecidos en la Constitución Política.

4. Promover métodos alternativos de solución de conflictos, en el marco de la normatividad vigente.

5. Colaborar con las autoridades penitenciarias en la adopción de programas de resocialización del recluso.

6. Coordinar con las entidades nacionales, departamentales y municipales el apoyo técnico para la erradicación de la producción, comercialización y el consumo de estupefacientes y psicotrópicas (drogas ilícitas).

7. Implementar la política pública departamental de discapacidad de acuerdo con la Ordenanza Departamental 266 de 2015 o aquella que la modifique, adicione o sustituya, en el marco de sus competencias.

8. Coordinar, articular y velar por la atención a la población de especial protección, tales como mujeres, jóvenes, nIños y niñas, adultos mayores, discapacitados, comunidad afrodescendiente, indígenas y ROM con enfoque de Derechos Humanos.

9. Formular e implementar el plan de libertad religiosa, cultos y conciencia que involucre a los sectores religiosos en la construcción del tejido social.

Consulte el Decreto Departamental 510 de 2022 "POR EL CUAL SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEPARTAMENTAL, SE DEFINE LA ORGANIZACIÓN INTERNA Y LAS FUNCIONES DE LAS DEPENDENCIAS DEL SECTOR CENTRAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE CUNDINAMARCA Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES"

Seleccione esta opción como atajo para volver al inicio de esta página.