El CONSEJO TERRITORIAL DE PLANEACIÓN DE CUNDINAMARCA, en cumplimiento de lo estipulado en el artículo 340 de la Constitución Política de 1991 y la Ley 152 de 1994, que son la base de la conformación, funciones y alcances de los CTP y considerando que los Consejos Territoriales de Planeación (CTP) juntamente con los Concejos/Asambleas, son instancias de planeación en las entidades territoriales, y un espacio de representación y participación de la sociedad civil de los sectores sociales, comunitarios, culturales, ecológicos, económicos, organizaciones, víctimas y poblacionales, resuelve adoptar el presente Reglamento Interno.