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Contribución Especial de Seguridad


Todas las personas naturales o jurídicas que suscriban contratos de obra pública, con entidades de derecho público o celebren contratos de adición al valor de los existentes deberán pagar a favor de la Nación, Departamento o Municipio, según el nivel al cual pertenezca la entidad pública contratante una contribución equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total del correspondiente contrato o de la respectiva adición.

Las concesiones de construcción, mantenimiento y operaciones de vías de comunicación, terrestre o fluvial, puertos aéreos, marítimos o fluviales pagarán con destino a los fondos de seguridad y convivencia de la entidad contratante una contribución del 2.5 por mil del valor total del recaudo bruto que genere la respectiva concesión.

 

Mensaje correo de radicación:

El agente recaudador dentro del periodo de declaración establecido para la contribución deberá diligenciar y suscribir el FORMATO DECLARACIÓN CONTRIBUCIÓN ESPECIAL DE SEGURIDAD, el detalle de los contratos objeto de la contribución, sus bases gravables y los valores retenidos en el periodo, deberán ser especificados el Anexo 1 del formato y reportados en medio magnético al correo electrónico:

contribucion.especial@cundinamarca.gov.co

El soporte de pago (trasferencia de recursos al Fondo Departamental de Seguridad y Convivencia Ciudadana) se debe adjuntar al reporte de la declaración.

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